Vivimos en un mundo sujeto a constantes cambios. Estas modificaciones, algunas muy radicales, llevan al establecimiento de nuevas instituciones dentro de los Estados o a una reformulación de las funciones de las ya existentes. Los jueces y juezas constitucionales no son una excepción al respecto. Como resulta evidente, el concepto de Constitución y lo que se entiende por constitucionalismo ha variado drásticamente en el tiempo. La Constitución no es, como en un inicio tal vez podía entenderse.