La reserva de ley debe entenderse como una garantía ineludible de legitimidad del sistema en su conjunto. Su vinculación con el principio democrático es evidente, pues, hace referencia a la exclusiva potestad reguladora del legislador en materias predeterminadas, lo que incluye, según la postura aquí mantenida, la obligación de legislar sin posibilidad de delegar esas atribuciones en otras instancias, principalmente en lo que toca con el desarrollo y regulación de los derechos y libertades fundamentales. Así considerada, la reserva de ley se constituye en un límite para el legislador. Esto no significa que en todo aquello que se relacione con la materia pero que no entre en el ámbito estricto sujeto a la reserva, no pueda existir una intervención de otras instancias normativas, siempre y cuando se respete la configuración que el legislador primario haya dispuesto para su intervención.
Reserva de Ley penal y constitución
S/120
Gloria Gonzáles Agudelo
- Edición: 2023
- Páginas: 198
- Formato: 17 x 24
- Papel: Bond 75 gr.
- Tapa: Rústica
- ISBN: 9788419773241
SKU: a7ef1270d275
Categorías: Derecho Constitucional, Procesal Constitucional y Derechos Humanos, Otras editoriales, Palestra
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